PLAN JURÍDICO FORMAL DE CREACIÓN DE LA EMPRESA

La forma jurídica de mi empresa va a ser cooperativa de trabajo asociado.


Por que cada socio solo tiene un voto, se distribuyen los beneficio en función del trabajo, tenemos solo 3 socios y también se pueden contratar trabajadores. Esta forma jurídica se adapta perfectamente a nuestra empresa.

Trámites Previos:

  • La certificación negativa del nombre que acredita la inexistencia de otra sociedad con denominación igual, el certificado de la sección de denominaciones se debe solicitar en el Registro Mercantil Central en Madrid. El certificado tendrá una validez de 4 meses para las sociedades cooperativas y el nombre concedido se reserva durante 15 meses.
  • La Escritura Notarial es necesario formalizar la escritura pública y los estatutos. La entrega de la escritura pública de constitución es el acto por el que los socios fundadores firman ante un notario, que actua como feudatario público y la aprobación de los estatutos. El plazo para entregar la escritura tiene que ser antes del inicio de la actividad y dentro del plazo de dos meses desde la obtención de la certificación negativa de la denominación.
  • Contenido mínimo de la escritura notarial: una relación de los promotores, la manifestación de los otorgantes de que todos los promotores reúnen los requisitos legales, la manifestación de la voluntad de fundar una cooperativa, los estatutos, la indentificación de las personas designadas para desempeñar los distintos cargos de los órganos sociales, la declaraciñon de que no existe otra sociedad cooperativa con la misma denominación.
  • Contenido mínimo de los estatutos sociales: la denominación social, domicilio social, objetivo social, capital social mínimo, ámbito territorial, duración de la sociedad, las obligaciones y los derechos de los socios, las normas de disciplina social...
  • Registro de dominios y nombres en Internet.  

Trámites de puesta en marcha:

  1. Trámites en Hacienda:
  • La Declaración Censal: Cuando se comienzan las actividades empresariales se debe comunicar a la Administración Tributaria mediante esas declaraciones. Lo mas importante permite solicitar el NIF o el CIF.
  • Alta en el impuesto sobre actividades económicas: es un impuesto que forma parte del sistema tributario español gestionado por los ayuntamientos. Grava de forma directa la realización de cualquier tipo de actividad económica, tanto personas físicas como jurídicas. A diferencia de otros impuestos, su importe es constante independientemente del balance de la actividad. Es un impuesto directo, obligatorio, proporcional, real y de gestión compartida. Están exentos de pago sujetos pasivos de impuesto sobre sociedades, sociedades civiles y entidades del artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, con importe neto de cifra de negocios inferior a 1 millón €. La Documentación necesaria será DNI o CIF y el modelo de impuesto sobre actividades económicas 840.
     2.  Trámites en el Ayuntamiento:
  • Hay que pagar diferentes impuestos como el de las construcciones, instalaciones y obras si es necesario. Y también hay que pedir la licencia de apertura esto es muy importante ya que no se podrá ejercer la actividad antes de obtener la licencia y si es necesario la licencia de obras.
     3.  Trámites en la Seguridad Social:
  • Debemos realizar una serie de trámites en la seguridad social, que son afiliacion y alta en el régimen de autonomos. La afiliación a la seguridad social es obligatoria y única para toda la vida. Para darse de alta en el régimen de autónomos hay que acudir a las oficinas de la Tesorería de la Seguridad Social y rellenar el impreso TA. 0521, disponemos como máximo de 30 días de plazo para realizar el alta de la Seguridad Social.





 

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